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¿Puede tu arrendador cobrarte una multa por cada día de atraso?

Pablo Donoso · 2 de septiembre de 2026

¿Qué pasó?

En un juicio sumario de arrendamiento tramitado en Temuco (causa Rol C-6617-2023, Primer Juzgado Civil de Temuco), una arrendadora demandó a sus arrendatarias por falta de pago de la renta de diciembre de 2023. Además de exigir el pago de la renta adeudada, con reajustes e intereses, solicitó una multa de 3% de la renta por cada día de atraso.

El tribunal de primera instancia acogió la demanda, declaró terminado el contrato y ordenó el pago solidario de la renta adeudada más la multa. También acogió parcialmente una demanda reconvencional de las arrendatarias, ordenando la devolución del mes de garantía y el pago de $180.000 por indemnización de perjuicios.

La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia, pero liberó a las arrendatarias del pago de la multa por atraso. La arrendadora recurrió de casación en el fondo ante la Corte Suprema para revertir esa liberación.

La decisión de la Corte Suprema

El 13 de agosto de 2026, la Corte Suprema (Rol N° 37.060-2025) rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la arrendadora, dejando firme la sentencia de la Corte de Apelaciones. Quedó así confirmado que las arrendatarias no debían pagar la multa diaria por atraso, aunque sí debían la renta adeudada con sus reajustes e intereses, y mantuvieron su derecho a la devolución del mes de garantía y a la indemnización reconocida en la reconvención.

Qué significa esto en la práctica

Este fallo es un recordatorio útil para arrendadores y arrendatarios: no toda multa pactada en un contrato de arriendo es automáticamente exigible tal como fue redactada. El incumplimiento en el pago de la renta sí genera consecuencias —reajustes, intereses y la posibilidad de poner término al contrato—, pero las cláusulas de multa deben cumplir ciertos estándares para ser aplicables, y frente a un conflicto su procedencia puede terminar siendo revisada por los tribunales.

Si eres arrendador, conviene revisar cómo están redactadas las cláusulas de tu contrato antes de que surja un conflicto. Si eres arrendatario y te cobran una multa que te parece desproporcionada, no asumas que corresponde pagarla sin revisión.

Fuente: Corte Suprema, Rol N° 37.060-2025, sentencia de 13 de agosto de 2026.

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